El pleno del Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia en la que ordenó “la inmediata libertad” de Antauro Humala Tasso, hermano de Ollanta, procesado desde el 2005 por liderar la asonada conocida como el “Andahuaylazo”, un intento de derribar al gobierno del entonces mandatario Alejandro Toledo que dejó cinco policías muertos, reveló el diario 'La Razón'.
Junto con Humala, el TC consideró que dos personas que tomaron parte de esa acción, Jorge Renato Villalba Follana y Lucimar Alarcón Velarde, también sean puestas en libertad, debiendo adoptar las autoridades todas las medidas necesarias para asegurar su presencia en las diligencias judiciales que se llevan adelante a raíz del “Andahuaylazo”.
De esta manera, el TC se pronunció sobre el recurso de agravio constitucional interpuesto por Isaac Humala Núñez y Wilfredo Córdova Izaguirre. Los demandantes manifestaron que Humala Tasso era mantenido en prisión pese a que una persona puede salir en libertad en caso transcurran 36 meses sin que sea sentenciada por una corte penal.
Según el TC, este es el argumento fundamental para establecer que fueron afectados los derechos de Humala Tasso. Se señala que el líder del etnocacerismo fue detenido el 2 de enero del 2005, por lo que debía permanecer en prisión hasta el 2 de enero del 2008, siempre siempre que no tenga sentencia condenatoria alguna hasta esa fecha.
“Pero de manera extemporánea se emitió la resolución de fecha 3 de enero del 2008 que dispuso la prolongación de la prisión preventiva de los favorecidos (Humala entre ellos) por 36 meses adicionales, de lo que se colige que se ha producido la violación del derecho a no ser detenido fuera del plazo establecido”, reza la sentencia.
Ante ese panorama, el TC declaró inaplicable la resolución del 3 de enero del 2008, por lo que ordenó a la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima declarar la salida de prisión de Humala, Villalba y Alarcón. El resto de detenidos no recibirá el mismo beneficio por otras consideraciones.
El máximo ente constitucional, además, acordó exhortar a los jueces superiores Berna Julia Morante Soria, Carmen Liliana Rojjasi Pella y Oswaldo Alberto Ordóñez Alcantara para que “no vuelvan a incurrir en acciones u omisiones similares a las que motivaron la interposición de la presente demanda”.
En ese punto de la sentencia, el TC acusó a los referidos magistrados por no haber proporcionado en su oportunidad al TC la información solicitada sobre ese caso. Por ello, los actuados de la sentencia debían ser enviados a la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) para que proceda según sus atribuciones.
Junto con Humala, el TC consideró que dos personas que tomaron parte de esa acción, Jorge Renato Villalba Follana y Lucimar Alarcón Velarde, también sean puestas en libertad, debiendo adoptar las autoridades todas las medidas necesarias para asegurar su presencia en las diligencias judiciales que se llevan adelante a raíz del “Andahuaylazo”.
De esta manera, el TC se pronunció sobre el recurso de agravio constitucional interpuesto por Isaac Humala Núñez y Wilfredo Córdova Izaguirre. Los demandantes manifestaron que Humala Tasso era mantenido en prisión pese a que una persona puede salir en libertad en caso transcurran 36 meses sin que sea sentenciada por una corte penal.
Según el TC, este es el argumento fundamental para establecer que fueron afectados los derechos de Humala Tasso. Se señala que el líder del etnocacerismo fue detenido el 2 de enero del 2005, por lo que debía permanecer en prisión hasta el 2 de enero del 2008, siempre siempre que no tenga sentencia condenatoria alguna hasta esa fecha.
“Pero de manera extemporánea se emitió la resolución de fecha 3 de enero del 2008 que dispuso la prolongación de la prisión preventiva de los favorecidos (Humala entre ellos) por 36 meses adicionales, de lo que se colige que se ha producido la violación del derecho a no ser detenido fuera del plazo establecido”, reza la sentencia.
Ante ese panorama, el TC declaró inaplicable la resolución del 3 de enero del 2008, por lo que ordenó a la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima declarar la salida de prisión de Humala, Villalba y Alarcón. El resto de detenidos no recibirá el mismo beneficio por otras consideraciones.
El máximo ente constitucional, además, acordó exhortar a los jueces superiores Berna Julia Morante Soria, Carmen Liliana Rojjasi Pella y Oswaldo Alberto Ordóñez Alcantara para que “no vuelvan a incurrir en acciones u omisiones similares a las que motivaron la interposición de la presente demanda”.
En ese punto de la sentencia, el TC acusó a los referidos magistrados por no haber proporcionado en su oportunidad al TC la información solicitada sobre ese caso. Por ello, los actuados de la sentencia debían ser enviados a la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) para que proceda según sus atribuciones.
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